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jueves, 1 de noviembre de 2018
Evitar el entierro de Franco en la Almudena con la Ley de Memoria, "misión imposible"
El texto no permite prohibir la
reubicación y se limita a ofrecer un arma legal para impedir una
exaltación de la figura del dictador en una nueva tumba
Detenido un hombre tras pintar la tumba de Franco en el Valle de los Caídos. (EFE)
La Ley de Memoria Histórica se ha convertido en las últimas horas en el mantra del Gobierno socialista
para impedir un futuro entierro de los restos de Franco en la catedral
de la Almudena, donde la familia prevé trasladar el cuerpo tras la
exhumación en el Valle de los Caídos. Lo cierto, según apuntan numerosos
juristas a El Confidencial, es que la norma de 2007 no permite prohibir esta reinhumación
sino que se limita en todo caso a ofrecer un arma legal para impedir
una exaltación de la figura del dictador en su nueva ubicación.
Después
de varias semanas en las que la tónica general del Ejecutivo ha
consistido en trasladar la idea de que poco o nada se podía hacer para
impedir el uso de una cripta de propiedad privada en el templo
madrileño, los de Pedro Sánchez ven ahora la posibilidad de forzar
mediante este mecanismo legal un cerrojazo a los planes de los nietos
utilizando como palanca la capacidad de intervención de las administraciones públicas ante el riesgo de que se cometan enaltecimientos del franquismo. La idea, no obstante, se califica de "misión imposible" con el actual texto.
La
vicepresidenta, Carmen Calvo, y otras fuentes del Gobierno han hecho
referencia expresa al artículo 15 en el que se dice que "en el ejercicio
de sus competencias" los gobiernos pueden tomar las medidas oportunas
para la retirada de determinados símbolos que puedan alentar una
exaltación de la figura de Franco. El problema es que la norma pasa, a continuación, a detallar que habla en concreto de "escudos, insignias, placas y otros objetos o
menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la
sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la
Dictadura".
"No parece que un cuerpo encaje con ninguna de estas cosas",
asegura uno de los consultados, que precisa que la fórmula solo sería
válida si la lápida o su inscripción se acompañan de alguna leyenda que
pueda considerarse una incitación a la loa, cosa poco probable a la
vista de la que hoy cubre el féretro en el propio Valle de los Caídos,
en la que solo puede leerse 'Francisco Franco' junto a una cruz. Por
ello, otro de los consultados destaca que esa norma sería de utilidad,
en todo caso, para prevenir homenajes una vez se encontraran ya allí los
restos del dictador, pero no para evitar que se trasladen. El artículo
15 habla, de hecho, de "retirada", es decir, de quitar algo que ya se
encuentra en un lugar.
El preámbulo de la ley explica de forma extensiva el artículo y dice que estas medidas se dirigen a evitar "toda exaltación de la sublevación militar,
de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura, en el
convencimiento de que los ciudadanos tienen derecho a que así sea, a que
los símbolos públicos sean ocasión de encuentro y no de enfrentamiento,
ofensa o agravio". Este tono general está, sin embargo, repleto de
lagunas que podrían utilizarse para impugnar una decisión que, además,
cumple a rajatabla el espíritu del decreto dictado para sacar a Franco
del Valle de los Caídos.
En
cuanto al artículo 16 de la Ley de Memoria, se limita a disponer sobre
la actual ubicación del cuerpo, no la futura. Prohíbe que se lleven a
cabo allí y no en otros sitios actos de naturaleza política ni
exaltadores de la Guerra Civil, de sus protagonistas o del franquismo.
El decreto
Existe
en la propia formulación del decreto una previsión que dificulta, más
si cabe, cualquier movimiento. El texto publicado en el BOE el 25 de
agosto indica que el procedimiento tendrá en cuenta "los intereses de
los afectados, tanto públicos como privados", y garantiza su derecho a
ser oídos, su participación en el procedimiento y los recursos contra
las actuaciones administrativas ante los órganos jurisdiccionales
ordinarios competentes. "Además, el procedimiento diseñado prevé
expresamente las máximas garantías de dignidad y respeto, tanto a los
restos mortales como a los familiares, quienes podrán disponer sobre su destino si lo desean".
Esta redacción dejaba así en manos de los nietos de Franco la decisión final sobre el destino del cuerpo sin
límites ni otras salvaguardas. Los expertos aseguran que truncar los
planes de los herederos del dictador con la ley en la mano solo es
posible si se emprende una reforma de la ley que concrete ese artículo
15 o amplíe su cometido inicial. Mientras esta no exista y para el caso
concreto de la Almudena, rige el derecho canónico. Solo una negativa de
la Iglesia evitaría que haya una tumba de Franco en pleno centro de
Madrid.
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