Los jueces españoles aplican cada vez más a menudo el ‘derecho
creativo’, o la adaptación de las leyes a la exigencia de mano dura por
parte de la sociedad, una práctica que el Tribunal de Estrasburgo no
comparte
Aparcamiento de la T4 en Barajas
Pedro Blasco
En la película alemana “El Veredicto”, en la que los
espectadores eligen desde sus butacas el final, el juez pide al público
que juzgue “solamente por lo que crea que es lo correcto”. Una cita que
sirve para definir el llamado “derecho creativo” que se ha puesto tan de
moda en los tribunales españoles. Los magistrados ya no se limitan a
aplicar la ley, sino que buscan que sus resoluciones sean aceptadas y
aplaudidas por la sociedad que exige cada día más contundencia y
ejemplaridad contra los delincuentes.
El Tribunal de Estrasburgo condenó la pasada semana a Españapor los malos tratos sufridos por los etarras Igor Portu y Martin Sarasola
cuando fueron detenidos en el 2008 por la Guardia Civil. Los jueces
europeos reprochan a sus colegas españoles que se creyeran a pie
juntillas la versión de los agentes y no la contrastaran con las
denuncias de los terroristas y, por tanto, que anularan la condena de la
Audiencia de Guipúzcoa por torturas. Por su parte, el Tribunal
Constitucional ni siquiera admitió a trámite el recurso de los etarras,
autores del atentado de Barajas en el 2006 que puso fin a la tregua de
ETA decretada nueve meses antes.
Los magistrados ya no se limitan a aplicar la ley, sino que buscan que sus resoluciones sean aceptadas y aplaudidas por la sociedad
“Estrasburgo se encontró con dos sentencias contrapuestas
y examinó a quién debía dar la razón”, explican fuentes jurídicas que
quitan hierro a la decisión del tribunal europeo y recuerdan que no es
la primera condena por hechos similares. Por su parte, algunos
magistrados reconocen que durante los 50 años de existencia de ETA ha
existido un “derecho penal” del terrorista que, según las
circunstancias, ha ido alternando “los principios de libertad y
seguridad”.
Por ello, no es de
extrañar que las denuncias de torturas de los etarras no fueran tenidas
en cuenta, sobre todo porque la organización terrorista instruía a sus
comandos para que estos acusaran sistemáticamente de maltratos a los
agentes que les arrestaban y así provocar que las investigaciones
judiciales quedaran viciadas. Fuentes jurídicas aseguran que ante este
tipo de denuncias es complicado decantarse por una versión, a pesar de
que en esta instrucción existían informes médicos que certificaban que
las lesiones de los detenidos no se correspondían con las habituales en
una detención violenta.
Asimismo,
en esta investigación los jueces actuaron como diques de contención de
la sociedad que, tras un atentado con dos muertos, no habría entendido
que los etarras sacaran ventajas por los malos tratos y los guardias
civiles que los detuvieron fueran condenados por torturas. Así que
optaron por el “derecho creativo” y negaron la versión de los
terroristas, de los testigos y de los informes médicos.
La justicia europea ha optado por la solución menos lesiva para España. Si hubiera declarado que hubo torturas, los etarras habrían tenido derecho a que se revisaran los fallos dictados contra ellos
Esa decisión es la que, en el fondo,
censura Estrasburgo, que se ha decantado por una solución intermedia al
condenar a España a pagar una multa por malos tratos. Y lo que a simple
vista pareció una derrota, no fue tal, porque si la posición de tres de
los jueces del Tribunal Europeo de Derecho Humanos, partidarios de
calificar estos hechos como tortura, hubiera sido mayoritaria, el golpe a
la justicia española habría sido mucho más duro, ya que se habría visto
obligada a revisar la sentencia que condenó a los terroristas.
MARGARITA BATALLAS Vía VOZ PÓPULI
No hay comentarios:
Publicar un comentario