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viernes, 6 de abril de 2018
TRES RAZONES PARA EL OPTIMISMO TRAS EL VARAPALO ALEMÁN
La mayoría de los titulares de
prensa española erraban ayer, a mi juicio, al interpretar la decisión
cuando afirmaban que “la justicia alemana niega que exista rebelión”
Un manifestante sujeta una careta de Puigdemont durante una protesta frente al consulado de Alemania en Barcelona. (Reuters)
Como somos país de extremos, el personal ha pasado de considerar
Alemania “un país serio” a verlo como un país frívolo que se ha reído de
España con la decisión de no extraditar a Puigdemont por el delito de rebelión
y, además, facilitarle la salida de prisión bajo fianza. Sólo las
reacciones de los independentistas podrían superar ese quiebro extremo,
porque la euforia desatada de ayer, al conocer la decisión del tribunal
alemán, se llevó por delante los días previos, con Puigdemont en la
cárcel de Neumünster, en los que daban por sentado que en la Unión Europea reinaba el fascismo y la represión.
Pues ni una cosa ni la otra, ni unos extremos ni otros, porque la única
certeza que puede constatarse en medio de ese barullo de opiniones
precipitadas es que la decisión del tribunal alemán, objetivamente, supone un varapalo
para el estado de ánimo de los defensores de la Constitución y del
Estado de Derecho en España; desaliento de incomprensión que ya se ha
experimentado en otras ocasiones cuando tribunales europeos han tenido
que pronunciarse sobre conflictos territoriales de España. Pero ese
desánimo lo único que no puede provocar es que se asuma, como propia, la
nueva propaganda independentista contra las decisiones de los
tribunales españoles. Sostienen desde ayer los distintos voceros del
independentismo que la decisión de la Justicia alemana supone, de facto,
la desacreditación del proceso penal abierto en España
y eso ni es verdad, no hay ninguna regresión, ni tampoco se puede
sustentar con el análisis del auto de la Audiencia Territorial de
Schleswig-Holstein. Estas son tres razones para el optimismo ante el
varapalo evidente que supone la decisión del tribunal alemán.
Primera: la Justicia alemana no cuestiona que Puigdemont haya delinquido
Al poco de conocerse la noticia de la excarcelación de Puigdemont,
uno de los partidarios del ex president se fue hasta las puertas de la
cárcel en la que estaba y descorchó una botella de cava o de champán.
Puede ser la primera vez que alguien brinda porque a una persona se le
imputen formalmente delitos que pueden llevarlo a la cárcel durante diez o doce años,
además de inhabilitarlo de por vida para el ejercicio de un cargo
público por delitos de malversación de fondos que, por la cuantía de lo
malversado, lo elevarían a la pena máxima. Eso no lo discute el tribunal
alemán. En España y en Alemania, Puigdemont es un presunto delincuente;
eso no ha cambiado. De hecho, se autoriza la extradición para que sea
extraditado a España, donde sería encarcelado y juzgado.
Un independentista celebra que Carles Puigdemont sea liberado bajo fianza de 75.000 euros. (EFE)
Por
otro lado, la mayoría de los titulares de prensa española erraban ayer,
a mi juicio, al interpretar la decisión cuando afirmaban que “la justicia alemana niega que exista rebelión”.
No se puede sostener esa afirmación por la sencilla razón de que la
Audiencia Territorial de Schleswig-Holstein no ha decidido la
extradición de acuerdo al delito de rebelión sino al de alta traición,
que es como se llama en el Código Penal alemán. Lo que ha determinado
ese tribunal es que Puigdemont no ha cometido un delito de alta traición,
que es lo que solicitaba la Fiscalía alemana y cuya redacción no es
igual que la del delito de rebelión. Como no se puede extraditar a nadie
por un delito que no esté contemplado en el país en el que se
encuentra, resulta que Puigdemont no puede ser extraditado por alta
traición. La razón de la negativa está en que el delito de alta traición en Alemania es más duro
–con penas de hasta 30 años- y restringe el supuesto penal a quienes,
con acciones violentas, logren doblegar y poner en riesgo el orden
constitucional.
¿Quién puede discutir que en España la revuelta catalana no ha conseguido doblegar al Tribunal Constitucional?
Pues eso es lo que afirma el tribunal alemán: "Se requiere que la
violencia ejercida sobre terceros haya operado una presión tal sobre el
órgano constitucional (afectado) suficiente para doblegar la voluntad
opuesta de dicho órgano constitucional". Un analista jurídico consultado
añade un elemento más al respecto que tiene un gran interés. Son cinco
palabras que se añaden en el auto al párrafo anterior: ‘Das sei nicht
der Fall’. “Es una construcción interesante –afirma- porque no dice 'das
ist nicht der Fall', que sería 'este no ha sido el caso' (respecto al
riesgo de doblegar al Estado español) sino que la traducción sería 'se me dice que este no ha sido el caso'”. Es decir, que lo que el juez alemán sostiene es que la información remitida desde España es la que le confirma que la revuelta catalana no ha conseguido doblegar al Estado de Derecho,
con lo que no habría delito de alta traición. Pero eso no afecta a
quienes en España están procesados y encarcelados por rebelión.
Segunda: la Justicia alemana no pone en duda que existiera violencia
El
principal debate jurídico que existe en España sobre los graves sucesos
de Cataluña, tras la declaración unilateral de independencia y la
proclamación de la República de Cataluña, se refiere a si se puede considerar que existió violencia
o si, por el contrario, se trataba de actos pacíficos, como defienden
los independentistas, con lo que no se le podría aplicar el delito de
rebelión. De la misma forma que en el auto de Audiencia Territorial de
Schleswig-Holstein no dice que no exista el delito de rebelión, tampoco
dice en ningún momento que no haya existido violencia, sino que no ha
logrado doblegar al Estado español, como se explicaba antes. Pero que ha
existido violencia, no está en duda: "Puede que la violencia generada
el día del referéndum sea atribuible al encausado, en tanto que
iniciador y artífice, pero estos actos violentos no tuvieron la forma, la envergadura y el efecto suficiente
como para ejercer tanta presión en el Gobierno para verse obligado a
'capitular ante las exigencias de los violentos'". En el proceso penal
que está en curso en España, y por el que están imputados todos los
cabecillas de la revuelta de septiembre y octubre del pasado año, se
podrá discutir y discrepar sobre si aquellos sucesos se encuadran en un delito de rebelión o de sedición,
en función a la gravedad que se le otorgue a los episodios de violencia
que se produjeron, pero lo que no se puede alegar tras el auto
Audiencia Territorial de Schleswig-Holstein es que la violencia ha
quedado desacreditada por los jueces alemanes, porque no es así.
Sencillamente, no lo dice en ningún momento.
Tercera: la Justicia alemana afirma que en España no hay presos políticos
El
daño mayor que se realiza al prestigio y a la imagen internacional de
la democracia española y del Estado de Derecho se produce con la
reiteración, a cada instante, de la existencia de presos políticos en España y de un ‘gobierno en el exilio’.
Desde que comenzaron las primeras detenciones y encarcelamientos, ha
habido numerosas voces de dirigentes internacionales de distintos
gobiernos que han rechazado esos términos, pero el auto de la Audiencia
Territorial de Schleswig-Holstein es el primer texto legal de un
tribunal europeo en el que se rechaza de forma contundente esa
consideración. Lo dice en dos momentos distintos. Por un lado, afirma
que Puigdemont está acusado de un delito de malversación “pero no por sus convicciones políticas”.
Si el tribunal alemán no lo creyese así, si no pensara que existen
indicios suficientes para sostener que Puigdemont es un delincuente, no
hubiera autorizado, de hecho, la extradición a España. Y lo hace,
además, plenamente convencido de que si finalmente llega a España y se
suma a los otros procesados o encarcelados por el Tribunal Supremo no va a estar “en riesgo de persecución política”.
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