La unidad de delitos de la Agencia Tributaria se impuso a la de fiscalidad internacional, que no veía delito en el jugador. Tras enviar el caso a la Fiscalía, cierre de filas en Hacienda
Cristiano Ronaldo en un entrenamiento con Portugal. (EFE)
La Agencia Tributaria ha cerrado filas en el tema de Cristiano Ronaldo. Oficialmente no hay debate. Para el fisco, Ronaldo ocultó 14,8 millones de euros y fue denunciado a la Fiscalía por cuatro delitos fiscales.
“No presentamos denuncias a medias”. Punto. Sin embargo, según ha
podido saber este diario, la decisión se tomó tras mucho debate interno
que ha dejado tiranteces entre los implicados. Hasta el punto de que la Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional (ONFI) se posicionó en contra de denunciar el caso pero se impuso el criterio de la Unidad de Coordinación de Delitos, la experta en el tema penal (algo lógico por el asunto que se trataba).
El caso de Cristiano Ronaldo tiene dos componentes distintos a los de otros futbolistas denunciados por la Fiscalía. Por un lado, él estaba acogido a la ley Beckham y por lo tanto podía no tributar en España todos sus ingresos. Además, en junio de 2015, antes de que Hacienda le llamara, declaró voluntariamente todos sus contratos de patrocinio mundiales y desveló su estructura en Islas Vírgenes e Irlanda, la misma que han usado otros futbolistas representados por Jorge Mendes y que están denunciados. Sin embargo, Hacienda cree que esa regularización no fue completa ni veraz, por lo que no puede acogerse a la "excusa absolutoria", la previsión legal para eximir de delito a quien ponga en orden su situación antes de que le abran inspección.
El jugador está acusado de defraudar 14,8 millones en cuatro años. Hay empresarios en vía penal por solo 130.000 euros defraudados, señala una fuente
Ronaldo tributó en España por un 20% de los 150 millones de ingresos mundiales de patrocinio, y considera que eso es más de lo que le corresponde porque tiene informes de que el 92% de su impacto publicitario se produce fuera de España. Sin embargo, Hacienda tiene otra opinión. Para la Agencia Tributaria, Cristiano ha declarado multitud de contratos como “rentas de capital mobiliario”, las que podía no declarar en España. Hacienda acepta en ese apartado el uso de la imagen del jugador (unos cromos, por ejemplo) pero considera que si ha tenido participación activa (jugar un partido o rodar un anuncio) eso ya no es un derecho de imagen que pueda escapar a su control. Por eso eleva lo que debía tributar por más del 50% de lo recibido.
Hacienda ha rastreado contrato a contrato e incluso ha pedido facturas de rodajes. Entre ellos, de dos anuncios de Nike que se filmaron en España. Considera que si el anuncio se rodó aquí eso es renta generada en España, aunque se emita en medio mundo. Nike ha enviado informes según los cuales su negocio en España es un 6% del negocio del mundo para demostrar que ha explotado la imagen del jugador fuera de España. “Si te pagan por un anuncio, te pagan por tu imagen, aunque obviamente hay que rodarlo, y eso se puede tributar fuera”, opina un fiscalista consultado que mantiene un criterio distinto al de Hacienda. La defensa de Cristiano resalta que ese es un criterio nuevo, no comunicado ni legislado y que no puede constituir un delito que no lo haya considerado así.
Eso
no implica que la estructura del jugador fuese inmaculada. Fuentes
próximas al caso señalan que si Hacienda hubiese descubierto la
estructura de derechos de imagen en Islas Vírgenes e Irlanda
antes de que él la hubiese declarado, habría sido considerada delito
sin dudar. Igual que señalan que si la discrepancia se hubiese producido
en una primera declaración y no en su regularización voluntaria
tampoco habría problema y sería una mera discrepancia administrativa y
no delito. El caso es complejo y está lleno de detalles, aunque unos y
otros lo presentan como blanco o negro.
Al ser un tema que afectaba a la tributación exterior, la Agencia Tributaria consultó a la ONFI, creada en 2013, que no vio delito. La ONFI, dirigida por Néstor Carmona, consideró que era una discrepancia y que no había precedentes de impatriados –como llaman a los acogidos a la ley Beckham– acusados de delito fiscal. Admitía que la forma de tributar los derechos podía ser opinable y que se le podía reclamar el dinero a Cristiano sin denunciarlo a la fiscalía. Lo mismo hizo Eva Ana G., la inspectora del caso y que ha sido citada a declarar como testigo por la Fiscalía. Fue la misma que inspeccionó a Xabi Alonso, cuyo caso fue judicializado.
Los informes de la unidad de delitos tampoco son vinculantes así que la decisión de enviar el caso a la Fiscalía fue de la superioridad
El asunto fue elevado finalmente a una tensa comisión delegada donde se impuso el criterio de la jefa de la Unidad Central de Coordinación en materia de Delitos, Caridad Gómez Mourelo, curtida en los casos Noos y Gurtel entre otros grandes asuntos de corrupción. Su informe no era vinculante.
Fuentes conocedoras del asunto explican que los primeros no valoraban la trascendencia penal de que la discrepancia con Cristiano no se produjese en la primera declaración de la renta sino en una autocomplementaria que busca la excusa absolutoria. Señalan que es Gómez Mourelo y su unidad la que sabe de delito fiscal, la que conoce la jurisprudencia y no se queda solo en las inspecciones, por lo que era lógico que su opinión prevaleciera.
En este caso, la transparencia debe ser total para que sea considerada “completa y veraz” y evitar así que el caso vaya a delito.Según el ala dura, Cristiano había simulado una regularización pero al declarar como rentas del capital mobiliario la inmensa mayoría de sus contratos de imagen incidía en el error, y en una fase en la que ya no caben interpretaciones sino la desnudez total.
En todo caso, los informes
de la unidad de delitos tampoco son vinculantes así que la decisión de
enviar el caso a la Fiscalía fue de la superioridad. Entre los
argumentos para denunciarlo está la enorme cantidad defraudada. El delito fiscal se da a partir de 120.000 euros. En tres ejercicios, Cristiano tiene más de 600.000 euros defraudados, hasta llegar a los 14,8 millones. Consideraban que con esas cuotas era muy difícil que Hacienda defendiera que no hay delito mientras en otros casos denuncia a pequeños empresarios por cantidades mucho menores. Otras fuentes recuerdan que a menudo los inspectores prefieren no ir a declarar a juzgados y más en casos mediáticos y se inclinan por saldarlo en vía administrativa.
El debate interno explica la reacción airada de Cristiano y su entorno cuando en diciembre pasado 'El Mundo' publicó en España 'footballeaks'. Entonces defendieron la legalidad de la actuación del jugador y esgrimieron que todo estaba en regla. En las conversaciones informales con Hacienda les habrían transmitido que no veían delito, de forma que la inspección se podía cerrar sin publicidad (los datos fiscales son reservados pero en cuanto saltan a una instrucción judicial es otra cosa).
Hacienda usa jurisprudencia de lo contencioso del Tribunal Supremo sobre los derechos de imagen en el exterior. Entre ellas, hay una sentencia sobre lo que cobró Julio Iglesias en Miami en 1995 por una gira patrocinada por Viajes Halcón o un contrato del Barcelona con una sociedad holandesa por los hermanos De Boer en los 90. La fiscal del caso, Inmaculada Sánchez-Cervera, es la misma que archivó inicialmente el asunto de Xabi Alonso, y que se vio obligada a rectificar por orden de la entonces fiscal general del Estado, Consuelo Madrigal.
Uno de los precedentes del Supremo en lo contencioso es un patrocinio de Julio Iglesias
Uno de los aspectos que ha pesado a favor de la denuncia es que Hacienda no se juega nada en ello. Cuando la Agencia Tributaria tiene dudas teme que si se pierde en los tribunales eso siente jurisprudencia que le cierre vías para recaudar. En este caso, como la ley Beckham ya no está vigente para futbolistas no hay posibilidades de que un archivo en vía judicial se vuelva contra el fisco. No habrá nuevos casos. Que el asunto de Cristiano se archive en el juzgado no impide a Hacienda cobrar lo suyo en vía administrativa. Además, al haber denunciado Hacienda se quita la acusación de dar trato de favor a jugadores del Real Madrid, como desde hace tiempo escuchan desde Barcelona.
Los asesores del delantero sostienen que no van a negociar una condena en conformidad con la Fiscalía. Eso supondría asumir los delitos y pactar una condena de cárcel de menos de dos años a cambio de una multa y de solventar el asunto por la vía rápida. Es lo que hacen últimamente los empresarios acusados de delito fiscal dada la dureza de los jueces. El jugador mantiene esa misma línea e incluso amenaza con irse del Real Madrid y dejar España. Si no pacta y gana, sus abogados serán héroes. Si no pacta y pierde, el problema –y muy serio– lo tendrá él. Si pacta y acepta una condena de conformidad, tendrá que tragarse el sapo de asumir cuatro delitos fiscales. Llegados a este punto no hay salida sencilla para el futbolista.
RAFAEL MÉNDEZ Vía EL CONFIDENCIAL
El caso de Cristiano Ronaldo tiene dos componentes distintos a los de otros futbolistas denunciados por la Fiscalía. Por un lado, él estaba acogido a la ley Beckham y por lo tanto podía no tributar en España todos sus ingresos. Además, en junio de 2015, antes de que Hacienda le llamara, declaró voluntariamente todos sus contratos de patrocinio mundiales y desveló su estructura en Islas Vírgenes e Irlanda, la misma que han usado otros futbolistas representados por Jorge Mendes y que están denunciados. Sin embargo, Hacienda cree que esa regularización no fue completa ni veraz, por lo que no puede acogerse a la "excusa absolutoria", la previsión legal para eximir de delito a quien ponga en orden su situación antes de que le abran inspección.
El jugador está acusado de defraudar 14,8 millones en cuatro años. Hay empresarios en vía penal por solo 130.000 euros defraudados, señala una fuente
Ronaldo tributó en España por un 20% de los 150 millones de ingresos mundiales de patrocinio, y considera que eso es más de lo que le corresponde porque tiene informes de que el 92% de su impacto publicitario se produce fuera de España. Sin embargo, Hacienda tiene otra opinión. Para la Agencia Tributaria, Cristiano ha declarado multitud de contratos como “rentas de capital mobiliario”, las que podía no declarar en España. Hacienda acepta en ese apartado el uso de la imagen del jugador (unos cromos, por ejemplo) pero considera que si ha tenido participación activa (jugar un partido o rodar un anuncio) eso ya no es un derecho de imagen que pueda escapar a su control. Por eso eleva lo que debía tributar por más del 50% de lo recibido.
Hacienda ha rastreado contrato a contrato e incluso ha pedido facturas de rodajes. Entre ellos, de dos anuncios de Nike que se filmaron en España. Considera que si el anuncio se rodó aquí eso es renta generada en España, aunque se emita en medio mundo. Nike ha enviado informes según los cuales su negocio en España es un 6% del negocio del mundo para demostrar que ha explotado la imagen del jugador fuera de España. “Si te pagan por un anuncio, te pagan por tu imagen, aunque obviamente hay que rodarlo, y eso se puede tributar fuera”, opina un fiscalista consultado que mantiene un criterio distinto al de Hacienda. La defensa de Cristiano resalta que ese es un criterio nuevo, no comunicado ni legislado y que no puede constituir un delito que no lo haya considerado así.
Al ser un tema que afectaba a la tributación exterior, la Agencia Tributaria consultó a la ONFI, creada en 2013, que no vio delito. La ONFI, dirigida por Néstor Carmona, consideró que era una discrepancia y que no había precedentes de impatriados –como llaman a los acogidos a la ley Beckham– acusados de delito fiscal. Admitía que la forma de tributar los derechos podía ser opinable y que se le podía reclamar el dinero a Cristiano sin denunciarlo a la fiscalía. Lo mismo hizo Eva Ana G., la inspectora del caso y que ha sido citada a declarar como testigo por la Fiscalía. Fue la misma que inspeccionó a Xabi Alonso, cuyo caso fue judicializado.
Los informes de la unidad de delitos tampoco son vinculantes así que la decisión de enviar el caso a la Fiscalía fue de la superioridad
El asunto fue elevado finalmente a una tensa comisión delegada donde se impuso el criterio de la jefa de la Unidad Central de Coordinación en materia de Delitos, Caridad Gómez Mourelo, curtida en los casos Noos y Gurtel entre otros grandes asuntos de corrupción. Su informe no era vinculante.
Fuentes conocedoras del asunto explican que los primeros no valoraban la trascendencia penal de que la discrepancia con Cristiano no se produjese en la primera declaración de la renta sino en una autocomplementaria que busca la excusa absolutoria. Señalan que es Gómez Mourelo y su unidad la que sabe de delito fiscal, la que conoce la jurisprudencia y no se queda solo en las inspecciones, por lo que era lógico que su opinión prevaleciera.
En este caso, la transparencia debe ser total para que sea considerada “completa y veraz” y evitar así que el caso vaya a delito.Según el ala dura, Cristiano había simulado una regularización pero al declarar como rentas del capital mobiliario la inmensa mayoría de sus contratos de imagen incidía en el error, y en una fase en la que ya no caben interpretaciones sino la desnudez total.
Entre el enfado de Cristiano Ronaldo (amenaza con irse) y la urgencia del Madrid
Víctor García
El debate interno explica la reacción airada de Cristiano y su entorno cuando en diciembre pasado 'El Mundo' publicó en España 'footballeaks'. Entonces defendieron la legalidad de la actuación del jugador y esgrimieron que todo estaba en regla. En las conversaciones informales con Hacienda les habrían transmitido que no veían delito, de forma que la inspección se podía cerrar sin publicidad (los datos fiscales son reservados pero en cuanto saltan a una instrucción judicial es otra cosa).
Hacienda usa jurisprudencia de lo contencioso del Tribunal Supremo sobre los derechos de imagen en el exterior. Entre ellas, hay una sentencia sobre lo que cobró Julio Iglesias en Miami en 1995 por una gira patrocinada por Viajes Halcón o un contrato del Barcelona con una sociedad holandesa por los hermanos De Boer en los 90. La fiscal del caso, Inmaculada Sánchez-Cervera, es la misma que archivó inicialmente el asunto de Xabi Alonso, y que se vio obligada a rectificar por orden de la entonces fiscal general del Estado, Consuelo Madrigal.
Uno de los precedentes del Supremo en lo contencioso es un patrocinio de Julio Iglesias
Uno de los aspectos que ha pesado a favor de la denuncia es que Hacienda no se juega nada en ello. Cuando la Agencia Tributaria tiene dudas teme que si se pierde en los tribunales eso siente jurisprudencia que le cierre vías para recaudar. En este caso, como la ley Beckham ya no está vigente para futbolistas no hay posibilidades de que un archivo en vía judicial se vuelva contra el fisco. No habrá nuevos casos. Que el asunto de Cristiano se archive en el juzgado no impide a Hacienda cobrar lo suyo en vía administrativa. Además, al haber denunciado Hacienda se quita la acusación de dar trato de favor a jugadores del Real Madrid, como desde hace tiempo escuchan desde Barcelona.
Los asesores del delantero sostienen que no van a negociar una condena en conformidad con la Fiscalía. Eso supondría asumir los delitos y pactar una condena de cárcel de menos de dos años a cambio de una multa y de solventar el asunto por la vía rápida. Es lo que hacen últimamente los empresarios acusados de delito fiscal dada la dureza de los jueces. El jugador mantiene esa misma línea e incluso amenaza con irse del Real Madrid y dejar España. Si no pacta y gana, sus abogados serán héroes. Si no pacta y pierde, el problema –y muy serio– lo tendrá él. Si pacta y acepta una condena de conformidad, tendrá que tragarse el sapo de asumir cuatro delitos fiscales. Llegados a este punto no hay salida sencilla para el futbolista.
RAFAEL MÉNDEZ Vía EL CONFIDENCIAL
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