La mejor manera de defender el Cupo es renovarlo con luz y taquígrafos. El PP y el PSOE han optado por lo contrario. El País Vasco sigue sin aportar a la solidaridad interregional
El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, junto a Iñigo Urkullu. (EFE)
Aunque tenga mala prensa en ciertos sectores, hay razones para pensar que uno de los grandes logros del 78 tiene que ver con el encaje del País Vasco en la Constitución. Es sabido que el PNV se abstuvo en el referéndum constitucional –tras una asamblea de dirigentes celebrada, precisamente, en Pamplona–, pero lo cierto es que la célebre disposición adicional primera –que “ampara y respeta los derechos históricos
de los territorios forales”– fue un buen hallazgo político. Desde
luego, para los habitantes del País Vasco y Navarra, aunque también para
el resto del España.
Entre otras cosas, porque la Constitución obliga a que la actualización del régimen foral tenga que llevarse a cabo necesariamente en el marco de la propia Carta Magna y de los respectivos estatutos de autonomía. Es decir, que es la Constitución –y no los pactos políticos– quien impone los límites a esa singularidad.
Como se sabe, la entonces minoría catalana tuvo inicialmente la oportunidad de adherirse a esa formulación en razón a la existencia previa de la Generalitat (con Estatuto propio durante la República), pero finalmente Pujol lo rechazó ahuyentado de cuestiones historicistas, lo que explica que Cataluña no tenga hoy su propio Concierto.
Pujol siempre prefirió negociar directamente con Madrid –ante la ausencia de un partido bisagra de carácter nacional– que someterse a los rigores del autogobierno, que suponía, entre otras cosas, recaudar y subir impuestos en momentos de fuerte crisis económica. El propio Pujol reiteró su oposición al Concierto en 1980, inmediatamente antes de la aprobación de la Lofca (Ley Orgánica de Financiación de las Comunidad Autónomas), como reveló en su día el exconsejero vasco Uriarte tras entrevistarse con Pujol y Trías Fargas.
Obsérvese que la Constitución habla de “actualización del régimen foral”, lo que significa que no aborda el origen de los derechos históricos, al contrario de lo que pretendía el PNV, ausente de la Ponencia Constitucional, quien buscaba aclarar que esos derechos históricos –articulados a través de las tres diputaciones forales– nacían de la tradición y no de la Constitución del 78. Es decir, pretendía dejar claro que el autogobierno bebía del pasado y no era fruto de una concesión de la Carta Magna.
La propuesta nacionalista era coherente con la célebre enmienda Arzalluz, en la que el dirigente nacionalista planteó el reconocimiento explícito de un pacto bilateral entre la Corona y los territorios históricos, lo que fue descartado por su carácter confederal. O, lo que es peor, por el hecho de que su aprobación hubiera supuesto una vuelta a la monarquía absoluta en la que los distintos territorios pactaban con el soberano.
El PNV, por el contrario, sí logró establecer una singularidad constitucional a través de una disposición adicional cargada, además, un carácter fuertemente simbólico. Ese párrafo, de apenas 38 palabras, es un ejercicio político de puro pragmatismo que tanto la UCD como el PSOE y el PCE aceptaron después de intensas horas de negociación. Incluidos, los dirigentes socialistas menos nacionalistas, como Múgica o Gómez Llorente, integrantes de la Comisión Constitucional, aunque no de la Ponencia. Como señaló el malogrado Tomás y Valiente, fue la tolerancia lo que permitió meter en el mismo saco constitucional conceptos a priori tan dispares como las regiones de régimen común, las nacionalidades o la singularidad vasca y navarra. Incluso, la posibilidad de acceder a la autonomía a través de dos vías, lo que hoy se consideraría una traición a la igualdad de los españoles.
Hasta aquí la historia. El futuro se escribirá este jueves, cuando el Congreso apruebe –en procedimiento de urgencia y lectura única que
inevitablemente recuerda a las bochornosas sesiones del 6 y 7 de
septiembre en el parlament de Cataluña– la actualización de la
metodología para calcular el Cupo hasta 2021 y la renovación del Concierto vasco. Es decir, la norma se remitirá al Senado, gracias a los votos del PP y PSOE, sin pasar ni por ponencia ni por comisión ni por el trámite de enmiendas parciales, solo caben las enmiendas de totalidad. Ciudadanos ya ha anunciado que votará en contra.
El hecho de que se vayan a aprobar sin apenas debates, leyes territorialmente tan significativas, y casi por la puerta de atrás, no es más que el reconocimiento de un fracaso político. Es como si al PP o al PSOE, al mismo tiempo que reclaman la vigencia de la Constitución para restablecer el orden legal en Cataluña, les diera vergüenza aplicar la Constitución, que en el caso de los regímenes forales dice lo que dice. Guste o no. Y quien quiera cambiarla, que lo lleve en su programa electoral.
Detrás de este comportamiento, sin duda, se encuentra algo mucho más relevante. Se pretende esconder que la metodología utilizada para calcular el Cupo incumple la Constitución. Precisamente porque privilegia a unos territorios frente a otros, y que la comisión de expertos de financiación autonómica estimó recientemente en unos 2.600 millones de euros que tanto el País Vasco como Navarra dejan de aportar cada año a la solidaridad interregional y a la igualdad de acceso a los servicios públicos generales. El problema no es el Cupo, es su cálculo.
Eso explica, por ejemplo, que las comunidades forales pudieran gastar en 2016 por ciudadano –lo que los expertos denominan unidad de necesidad– en torno a un 30% más que las de régimen común. Las comunidades forales, de hecho, se han ido alejando progresivamente de las de régimen común desde 2007 –cuando se firmó el anterior Concierto– en su nivel de gasto por habitante ajustado.
Los regímenes forales forman parte de las particularidades de un Estado complejo como es el español
Tanta opacidad ha dado como resultado que hoy las leyes en las que se establecen los importes del Cupo y de la aportación navarra no contengan, como han dicho los expertos, un anexo detallado en el que se recoja toda la información relevante para el cálculo, incluyendo un listado exhaustivo de cada una de las cargas consideradas asumidas y no asumidas con sus correspondientes valoraciones. Estas leyes “deberían estar sujetas al procedimiento habitual de discusión y enmienda”, dijo en vano la Comisión. Creada, paradójicamente, por el Gobierno.
No parece que la mejor manera de defender la Constitución sea, precisamente, atacarla o, al menos ignorarla. Entre otras cosas porque si se quiere abordar la reforma territorial –la Comisión parlamentaria ha nacido muerta antes de empezar a trabajar– se deben tener en cuenta las legítimas singularidades de otras regiones, como Canarias (con un sistema fiscal propio que cada vez se parece más a un paraíso fiscal) o Ceuta y Melilla, lo que refleja una gran diversidad.
Los regímenes forales forman parte de las particularidades de un Estado complejo como es el español, y como tal requiere luz y taquígrafos. Entre otras cosas, porque los agravios territoriales comparativos son un veneno político que con el tiempo tienden a cristalizar. Y el caso de Cataluña está ahí para extraer alguna lección.
Y dejar las cosas como están, sin incluir a los territorios forales en la solidaridad interregional, no es más que volver a los viejos fueros abolidos por Cánovas para acabar con lo que por entonces se conocía como ‘provincias exentas’. No estará de más recordar que antes de 1876, Álava, Guipúzcoa y Vizcaya no solo no estaban sujetas al servicio militar al que contribuían obligatoriamente el resto de las provincias españolas, tampoco pagaban impuestos a la Hacienda central. Solo entregaban “donativos” para el sostenimiento de las arcas públicas y de la propia Corona. En eso estamos.
CARLOS SÁNCHEZ Vía EL CONFIDENCIAL
Entre otras cosas, porque la Constitución obliga a que la actualización del régimen foral tenga que llevarse a cabo necesariamente en el marco de la propia Carta Magna y de los respectivos estatutos de autonomía. Es decir, que es la Constitución –y no los pactos políticos– quien impone los límites a esa singularidad.
¿Y por qué no el cupo vasco (bien calculado) para Cataluña?
Como se sabe, la entonces minoría catalana tuvo inicialmente la oportunidad de adherirse a esa formulación en razón a la existencia previa de la Generalitat (con Estatuto propio durante la República), pero finalmente Pujol lo rechazó ahuyentado de cuestiones historicistas, lo que explica que Cataluña no tenga hoy su propio Concierto.
Pujol siempre prefirió negociar directamente con Madrid –ante la ausencia de un partido bisagra de carácter nacional– que someterse a los rigores del autogobierno, que suponía, entre otras cosas, recaudar y subir impuestos en momentos de fuerte crisis económica. El propio Pujol reiteró su oposición al Concierto en 1980, inmediatamente antes de la aprobación de la Lofca (Ley Orgánica de Financiación de las Comunidad Autónomas), como reveló en su día el exconsejero vasco Uriarte tras entrevistarse con Pujol y Trías Fargas.
Obsérvese que la Constitución habla de “actualización del régimen foral”, lo que significa que no aborda el origen de los derechos históricos, al contrario de lo que pretendía el PNV, ausente de la Ponencia Constitucional, quien buscaba aclarar que esos derechos históricos –articulados a través de las tres diputaciones forales– nacían de la tradición y no de la Constitución del 78. Es decir, pretendía dejar claro que el autogobierno bebía del pasado y no era fruto de una concesión de la Carta Magna.
La propuesta nacionalista era coherente con la célebre enmienda Arzalluz, en la que el dirigente nacionalista planteó el reconocimiento explícito de un pacto bilateral entre la Corona y los territorios históricos, lo que fue descartado por su carácter confederal. O, lo que es peor, por el hecho de que su aprobación hubiera supuesto una vuelta a la monarquía absoluta en la que los distintos territorios pactaban con el soberano.
Singularidad constitucional
El PNV, por el contrario, sí logró establecer una singularidad constitucional a través de una disposición adicional cargada, además, un carácter fuertemente simbólico. Ese párrafo, de apenas 38 palabras, es un ejercicio político de puro pragmatismo que tanto la UCD como el PSOE y el PCE aceptaron después de intensas horas de negociación. Incluidos, los dirigentes socialistas menos nacionalistas, como Múgica o Gómez Llorente, integrantes de la Comisión Constitucional, aunque no de la Ponencia. Como señaló el malogrado Tomás y Valiente, fue la tolerancia lo que permitió meter en el mismo saco constitucional conceptos a priori tan dispares como las regiones de régimen común, las nacionalidades o la singularidad vasca y navarra. Incluso, la posibilidad de acceder a la autonomía a través de dos vías, lo que hoy se consideraría una traición a la igualdad de los españoles.
La Constitución habla de “actualización del régimen foral”, lo que significa que no aborda el origen de los derechos históricos
El hecho de que se vayan a aprobar sin apenas debates, leyes territorialmente tan significativas, y casi por la puerta de atrás, no es más que el reconocimiento de un fracaso político. Es como si al PP o al PSOE, al mismo tiempo que reclaman la vigencia de la Constitución para restablecer el orden legal en Cataluña, les diera vergüenza aplicar la Constitución, que en el caso de los regímenes forales dice lo que dice. Guste o no. Y quien quiera cambiarla, que lo lleve en su programa electoral.
Detrás de este comportamiento, sin duda, se encuentra algo mucho más relevante. Se pretende esconder que la metodología utilizada para calcular el Cupo incumple la Constitución. Precisamente porque privilegia a unos territorios frente a otros, y que la comisión de expertos de financiación autonómica estimó recientemente en unos 2.600 millones de euros que tanto el País Vasco como Navarra dejan de aportar cada año a la solidaridad interregional y a la igualdad de acceso a los servicios públicos generales. El problema no es el Cupo, es su cálculo.
Gasto por habitante
Eso explica, por ejemplo, que las comunidades forales pudieran gastar en 2016 por ciudadano –lo que los expertos denominan unidad de necesidad– en torno a un 30% más que las de régimen común. Las comunidades forales, de hecho, se han ido alejando progresivamente de las de régimen común desde 2007 –cuando se firmó el anterior Concierto– en su nivel de gasto por habitante ajustado.
Los regímenes forales forman parte de las particularidades de un Estado complejo como es el español
Tanta opacidad ha dado como resultado que hoy las leyes en las que se establecen los importes del Cupo y de la aportación navarra no contengan, como han dicho los expertos, un anexo detallado en el que se recoja toda la información relevante para el cálculo, incluyendo un listado exhaustivo de cada una de las cargas consideradas asumidas y no asumidas con sus correspondientes valoraciones. Estas leyes “deberían estar sujetas al procedimiento habitual de discusión y enmienda”, dijo en vano la Comisión. Creada, paradójicamente, por el Gobierno.
No parece que la mejor manera de defender la Constitución sea, precisamente, atacarla o, al menos ignorarla. Entre otras cosas porque si se quiere abordar la reforma territorial –la Comisión parlamentaria ha nacido muerta antes de empezar a trabajar– se deben tener en cuenta las legítimas singularidades de otras regiones, como Canarias (con un sistema fiscal propio que cada vez se parece más a un paraíso fiscal) o Ceuta y Melilla, lo que refleja una gran diversidad.
Los regímenes forales forman parte de las particularidades de un Estado complejo como es el español, y como tal requiere luz y taquígrafos. Entre otras cosas, porque los agravios territoriales comparativos son un veneno político que con el tiempo tienden a cristalizar. Y el caso de Cataluña está ahí para extraer alguna lección.
Y dejar las cosas como están, sin incluir a los territorios forales en la solidaridad interregional, no es más que volver a los viejos fueros abolidos por Cánovas para acabar con lo que por entonces se conocía como ‘provincias exentas’. No estará de más recordar que antes de 1876, Álava, Guipúzcoa y Vizcaya no solo no estaban sujetas al servicio militar al que contribuían obligatoriamente el resto de las provincias españolas, tampoco pagaban impuestos a la Hacienda central. Solo entregaban “donativos” para el sostenimiento de las arcas públicas y de la propia Corona. En eso estamos.
CARLOS SÁNCHEZ Vía EL CONFIDENCIAL
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