Sin mentar al expresidente de la Generalitat, la jueza Lamela se refirie en su auto a Puigdemont y a los cuatro consejeros que le acompañan y que estarían atrincherados en Bélgica
Varias personas se consuelan a las puertas de la Audiencia Nacional tras conocer la decisión de la jueza Carmen Lamela. (EFE)
Ni sombra de duda en las dos resoluciones —un auto para Junqueras y siete consejeros y otro para Santi Vila— de la magistrada Carmen Lamela: prisión incondicional
para todos los miembros que fueron del Gobierno de la Generalitat de
Cataluña, mientras su presidente y cuatro titulares de departamentos del
Consejo Ejecutivo son ya prófugos de la Justicia.
A la titular del Juzgado Central nº 3 de la Audiencia Nacional le
parece que en los imputados concurren indiciariamente los delitos que el
fiscal detalla en su querella: rebelión, sedición y malversación de fondos.
Pero la clave más importante que motiva sus resoluciones es el riesgo de fuga, que percibe como muy verosímil en los investigados, explicándolo con estas palabras: “Tampoco puede olvidarse el poder adquisitivo de los querellados, que les permite abandonar fácilmente el territorio español y subsistir en el extranjero. En este punto, baste recordar el hecho de que algunos querellados ya se han desplazado a otros países eludiendo las responsabilidades penales en las que pudieron haber incurrido. Además, los investigados vienen operando dentro de un grupo perfectamente organizado de personas, apoyados por asociaciones soberanistas con poder y capacidad para auxiliarles en su posible huida de la justicia”.
Blanco y en botella: sin mentar al expresidente de la Generalitat, la magistrada se está refiriendo a Carles Puigdemont
y a los cuatro consejeros que le acompañan y que estarían atrincherados
en Bélgica. Es lógico preguntarse cómo subsisten allí y con qué apoyos
cuentan y, al mismo tiempo, resulta coherente sospechar que si
Puigdemont y cuatro consejeros han huido, nada impediría que pudieran
hacerlo los que aquí se quedaron.
La irresponsabilidad egoísta del expresidente de la Generalitat ha consistido en atribuir su fuga a una estrategia no solo personal sino también colectiva, lo cual lleva a la magistrada a concluir que no puede dejar en libertad a los imputados, que formarían parte de una estructura organizada. Es indicativo que el letrado de dos miembros aforados, Xabier Melero, confirmase rotundamente que la huida de Puigdemont perjudicaba seriamente a todos los imputados.
Al margen de este razonamiento que tiene peso —la sombra bruselense—, el auto es de un apriorismo excesivo, al expresar indicios como certezas y no explicar suficientemente los otros riesgos que imputa a los investigados: la destrucción de pruebas y la reiteración delictiva. La magistrada no ha tenido en cuenta que todos ellos han sido cesados de sus cargos, que la Generalitat ha sido intervenida y que la policía catalana está bajo el control del Gobierno, así como las finanzas autonómicas.
Llama la atención también que Carmen Lamela considere que no se vulnera el derecho de defensa por la rapidez entre la notificación de la querella y la comparecencia (solo un día), un aspecto de la cuestión crucial que ha llevado al instructor del caso en el Tribunal Supremo, el magistrado Pablo Llarena, a aplazar una semana la declaración de Carme Forcadell y cuatro miembros más de la Mesa del Parlamento catalán.
El contexto político ha cambiado, y con él el mapa de riesgos en Cataluña, y esas variaciones no aparecen reflejadas en los dos autos de la magistrada, pese a resultar argumentos (que también son jurídicos además de políticos) de mucho peso, porque la irrupción del artículo 155 y la convocatoria de elecciones —a las que todos los grupos, incluidos los independentistas, han asegurado se presentarán— introducen variables de sustancial importancia y provocan una auténtica novación de carácter técnico que merecía una valoración que Carmen Lamela ha eludido. Su decisión, por lo tanto, es entendible solo en parte, pero, en las actuales circunstancias, con la situación en Cataluña controlada, aparece como incongruente. Incongruencia en la que ha incurrido también el ministerio fiscal, aplicando un criterio en la Audiencia Nacional y otro en el Supremo.
Los jueces y tribunales no se deben atener al principio de oportunidad sino a los criterios técnico-jurídicos y a la valoración en conciencia de las pruebas que se acumulan en el proceso. El uso alternativo del derecho es rechazable, pero es exigible que las resoluciones de tanta trascendencia no incurran en omisiones argumentales tan ostensibles como las que se perciben en los autos de Carmen Lamela.
Desde otra perspectiva, la prisión de Junqueras y los demás consejeros agitará la situación y servirá a Puigdemont para continuar su relato victimizado y manipulador de la realidad del sistema judicial español, haciéndolo, además, en un país con un cierto síndrome de superioridad moral y muy sensible a los movimientos independentistas, especialmente el flamenco. No obstante, guste o no la resolución, es legítima, y debe ser acatada aunque pueda ser recurrida y, en su caso, revocarse por la Sala de la Audiencia Nacional.
Sería, en fin, muy deseable que esta causa en el Juzgado Central nº 3 se acumulase lo antes posible a la que instruye el magistrado Llarena del Tribunal Supremo y sea el máximo órgano jurisdiccional el que dicte sentencia conjunta en ambos, porque la querella es igual para los aforados y para el exvicepresidente y consejeros del Gobierno catalán. Nada peor que resoluciones contradictorias sobre presupuestos de hecho iguales.
JOSÉ ANTONIO ZARZALEJOS Vía EL CONFIDENCIAL
Pero la clave más importante que motiva sus resoluciones es el riesgo de fuga, que percibe como muy verosímil en los investigados, explicándolo con estas palabras: “Tampoco puede olvidarse el poder adquisitivo de los querellados, que les permite abandonar fácilmente el territorio español y subsistir en el extranjero. En este punto, baste recordar el hecho de que algunos querellados ya se han desplazado a otros países eludiendo las responsabilidades penales en las que pudieron haber incurrido. Además, los investigados vienen operando dentro de un grupo perfectamente organizado de personas, apoyados por asociaciones soberanistas con poder y capacidad para auxiliarles en su posible huida de la justicia”.
Las claves del auto: grupo organizado, fuga de Puigdemont, alentar a la insurrección...
La irresponsabilidad egoísta del expresidente de la Generalitat ha consistido en atribuir su fuga a una estrategia no solo personal sino también colectiva, lo cual lleva a la magistrada a concluir que no puede dejar en libertad a los imputados, que formarían parte de una estructura organizada. Es indicativo que el letrado de dos miembros aforados, Xabier Melero, confirmase rotundamente que la huida de Puigdemont perjudicaba seriamente a todos los imputados.
Al margen de este razonamiento que tiene peso —la sombra bruselense—, el auto es de un apriorismo excesivo, al expresar indicios como certezas y no explicar suficientemente los otros riesgos que imputa a los investigados: la destrucción de pruebas y la reiteración delictiva. La magistrada no ha tenido en cuenta que todos ellos han sido cesados de sus cargos, que la Generalitat ha sido intervenida y que la policía catalana está bajo el control del Gobierno, así como las finanzas autonómicas.
Llama la atención también que Carmen Lamela considere que no se vulnera el derecho de defensa por la rapidez entre la notificación de la querella y la comparecencia (solo un día), un aspecto de la cuestión crucial que ha llevado al instructor del caso en el Tribunal Supremo, el magistrado Pablo Llarena, a aplazar una semana la declaración de Carme Forcadell y cuatro miembros más de la Mesa del Parlamento catalán.
El contexto político ha cambiado, y con él el mapa de riesgos en Cataluña, y esas variaciones no aparecen reflejadas en los dos autos de la magistrada, pese a resultar argumentos (que también son jurídicos además de políticos) de mucho peso, porque la irrupción del artículo 155 y la convocatoria de elecciones —a las que todos los grupos, incluidos los independentistas, han asegurado se presentarán— introducen variables de sustancial importancia y provocan una auténtica novación de carácter técnico que merecía una valoración que Carmen Lamela ha eludido. Su decisión, por lo tanto, es entendible solo en parte, pero, en las actuales circunstancias, con la situación en Cataluña controlada, aparece como incongruente. Incongruencia en la que ha incurrido también el ministerio fiscal, aplicando un criterio en la Audiencia Nacional y otro en el Supremo.
Los jueces y tribunales no se deben atener al principio de oportunidad sino a los criterios técnico-jurídicos y a la valoración en conciencia de las pruebas que se acumulan en el proceso. El uso alternativo del derecho es rechazable, pero es exigible que las resoluciones de tanta trascendencia no incurran en omisiones argumentales tan ostensibles como las que se perciben en los autos de Carmen Lamela.
Desde otra perspectiva, la prisión de Junqueras y los demás consejeros agitará la situación y servirá a Puigdemont para continuar su relato victimizado y manipulador de la realidad del sistema judicial español, haciéndolo, además, en un país con un cierto síndrome de superioridad moral y muy sensible a los movimientos independentistas, especialmente el flamenco. No obstante, guste o no la resolución, es legítima, y debe ser acatada aunque pueda ser recurrida y, en su caso, revocarse por la Sala de la Audiencia Nacional.
Sería, en fin, muy deseable que esta causa en el Juzgado Central nº 3 se acumulase lo antes posible a la que instruye el magistrado Llarena del Tribunal Supremo y sea el máximo órgano jurisdiccional el que dicte sentencia conjunta en ambos, porque la querella es igual para los aforados y para el exvicepresidente y consejeros del Gobierno catalán. Nada peor que resoluciones contradictorias sobre presupuestos de hecho iguales.
JOSÉ ANTONIO ZARZALEJOS Vía EL CONFIDENCIAL
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