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miércoles, 17 de abril de 2019

Varapalo de la Junta Electoral al Gobierno y al PSOE

Incluir a un partido extraparlamentario como Vox en un debate vulnera la normativa electoral y la doctrina de la JEC


Foto: El presidente del Gobierno y candidato por el PSOE a la reelección, Pedro Sánchez (d), durante un mitin en Vigo. (EFE)

El presidente del Gobierno y candidato por el PSOE a la reelección, Pedro Sánchez (d), durante un mitin en Vigo. (EFE)


El palo de la Junta Electoral Central no es a Atresmedia sino al Gobierno Sánchez. Me parece la interpretación adecuada del por ahora suspendido debate a cinco previsto para el día 23. Y me remito a la argumentación del artículo "Lo que esconde el desprecio de Sánchez a TVE"', publicado en este mismo rincón de El Confidencial el sábado pasado.

Lamento el autoplagio, pero ahí ya se señalaba la descarada vulneración de la normativa electoral que suponía incluir a Vox en un debate televisado de aspirantes a la presidencia del Gobierno. Peor aún. Que los intereses del partido gobernante primasen sobre el respeto a la vigente expresión institucional de la voluntad popular. Y una paradoja. Que RTVE se atuviese a dicha voluntad y el Gobierno no.

Después de atender un recurso de Vox, por haber sido excluido del debate de 'segundos' celebrado anoche en TVE (a seis), y de los presentados por los grupos nacionalistas no incluidos en el anunciado en Antena 3 (a cinco), la Junta Electoral ha decidido suspender el segundo. Razón de fondo: el quinto invitado (Vox) es un producto de las encuestas, no de la representatividad obtenida en las urnas.

Los electores, como los consumidores, tienen derecho a probar el género antes de comprarlo. Esa pauta del sentido común está vacía en el BOE


Los electores, como los consumidores, tienen derecho a probar el género antes de comprarlo. Esa pauta del sentido común sigue vacía en el BOE. La regulación legal de los debates electorales es una lamentable asignatura pendiente de la democracia. Apenas una genérica alusión de la Loreg (Ley Orgánica de Régimen Electoral General) a la exigencia de “neutralidad”, “pluralidad” y “proporcionalidad” de los medios públicos (una reciente reforma la extendió también a los privados).


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