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lunes, 28 de enero de 2019

El independentismo, minoritario, insolidario y delictivo

Texto de la intervención del autor en el acto de presentación del libro 'Catalunya, mitos y resistencia' (El Viejo Topo), en el Ayuntamiento de Madrid el 23 de enero del presente año


Ilustración: Raúl Arias.


Deseo comenzar este análisis con dos citas, que estimo muy significativas. La primera, es un editorial de Federalistes d’Esquerres: ”No son el 80%” los partidarios de la secesión. Es una certera respuesta a la pretensión de Puigdemont y Junqueras, cuando afirmaron que sus objetivos eran apoyados por “una pluralidad aplastante de la sociedad catalana”, que luego extendían a “alrededor del 80%” ('El País', 20/2/2017). La segunda es la Resolución 1.514 de la ONU de 1960, que lo estableció de forma clara y rotunda: “La sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación; en virtud de este derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural”. Es una evidencia absoluta que no es el caso de Cataluña, por más que sigan mintiendo y manipulando a sus seguidores.

El pasado día 23 hizo seis años de la primera declaración del Parlament afirmando la soberanía del pueblo catalán y, consecuentemente, su derecho a decidir su futuro político, como pueblo soberano. Seis años después, podemos constatar el rotundo fracaso de dicho proyecto, con independencia de su anulación, como otras tantas resoluciones similares, por el Tribunal Constitucional. En el siguiente análisis, presentamos un somero examen del largo y fracasado proceso hacia la pretendida secesión. En la referida declaración ya se advierten signos del planteamiento y métodos del proyecto secesionista. En ella, donde no hay ninguna referencia a España y a sus ciudadanos, se apela a un indefinido dialogo con el “Estado español”. Y se apela, falsamente, a la aplicación “de los marcos legales existentes” para ejercer el llamado 'derecho a decidir', hoy ya olvidado.




Citamos dicha declaración para constatar cómo, casi cinco años después, en 2017, el Parlament aprueba dos leyes que representaron la ruptura, desafiante y plena, con los principios y reglas democráticas de la Constitución de 1978 y su desarrollo legal. Así, la Ley 19/2017 reguladora del pseudo referéndum del 1-O, en el art. 3.2, dice: “Esta ley establece un régimen jurídico excepcional” para la regulación del referéndum. Y añade que “prevalece jerárquicamente sobre todas aquellas normas que pudiesen entrar en conflicto [con ella]” en cuanto regula “un derecho fundamental e inalienable del pueblo de Catalunya”. Esta norma constituyó la primera expresión de la insurrección formal contra el Estado democrático español. Y la Ley 20/2017, de Transitoriedad Jurídica hacia la República, contiene, en el preámbulo, una decisión aún más grave: esta ley “inaplicará de entrada las regulaciones del ordenamiento jurídico anterior que contradigan de manera clara y frontal los principios generales en los que se asienta la República”. Estas concretas disposiciones, y muchas más, reflejaban formas totalitarias de gobernar, ¡cuando aún no ostentaban el poder!

Pero volvamos al proceso secesionista. El 27 de septiembre de 2013, el Parlament aprueba la Resolución 323/X, que, con una insólita ingenuidad, afirmaba que esta situación —la que hoy sigue vigente bajo el Estatuto de Autonomía— “no se puede eternizar”. Proclamando ya su propósito secesionista, incluso se atreven a plantear “estructuras de Estado”... Y, en un capítulo sobre “lengua y cultura”, se constata una omisión absoluta de cualquier referencia al castellano, pese a ser “lengua oficial” de Cataluña, excluyendo de forma expresa a una inmensa mayoría de la sociedad catalana y violando los art. 6 y 32 del Estatuto, que prohíben cualquier forma de discriminación por razón de la lengua.

Es obligado denunciar a los responsables políticos del proceso descrito por la manipulación de la realidad social para justificar y fundamentar sus propósitos

A partir de aquel año, se suceden acuerdos y resoluciones de la apretada mayoría independentista en el Parlament, que resumimos brevemente y que, pese a sus reiteradas proclamaciones, ya son, nada mas, la expresión de un progresivo y definitivo fracaso. A la vez que se crean instituciones, como el Consejo Asesor para la Transición Nacional, que carecen de base legal, creando así estructuras paralelas a las estrictamente estatutarias, con su correspondiente coste económico. Organismos que impulsan el proceso necesario para la pretendida desconexión con el Estado democrático.

Para ello, siguen un plan, con el apoyo de ANC y Òmniun Cultural, para dos fines perfectamente definidos y coordinados: en la primera fase, el incumplimiento sistemático de las previsiones legales contempladas en el Estatuto de Autonomía, que queda absolutamente incumplido y postergado; sobre todo, dos de sus principios fundamentales, el de la “lealtad institucional” con el Estado, que prácticamente queda eliminado, y suspender 'sine die' las relaciones bilaterales con el Estado. Es decir, van creando una especie de Estado paralelo al constitucional y democrático. Y es justo plantearselo: este proceso, ¿no había de generar la violencia necesaria para derribar y desmantelar, en Cataluña, el Estado del que, como comunidad autónoma, forma parte?

Desde estos presupuestos, cabe citar el 'Libro Blanco de la Transición Naciona, que presenta el entonces 'president' Mas el 29/9/2014. En él ya se plantea "forzar la negociación con el Estado”, no dialogar, “y en el caso de que esta presión por la negociación no tuviera éxito (…) la alternativa que quedaría a la Generalitat (…) sería declarar unilateralmente la independencia”. ¡Aún estábamos en 2014! Luego vinieron la consulta del 9-N y las correspondientes condenas por delitos de desobediencia al TC.



Todo el plan delictivo está contenido en el documento denominado 'Enfocats', que calculaba que el momento para la independencia llegará ”cuando haya una clara determinación ciudadana a darle apoyo y a implicarse activamente y con complicidad internacional; se ha de comenzar de una manera conservadora incrementando paulatinamente el nivel de conflictividad según la respuesta del Estado”, además de las decisiones del llamado Comité Estratégico —organismo ajeno a las previsiones estatutarias—, del que formaban parte los principales responsables políticos, y de las resoluciones del Parlament.

Merece especial atención la Resolución 1/XI, de 9/11/2015, del Parlament, previa al acceso de Puigdemont a la presidencia:

Primera: “Reitera que esta Cámara y el proceso de desconexión democrática del Estado español no se supeditará a las decisiones de las instituciones del Estado español…”.

Segunda. “El Parlament de Catalunya declara solemnemente el inicio del proceso de creación de un Estado catalán independiente en forma de República”.

Tercera. “El Parlament de Catalunya proclama la apertura de un proceso constituyente ( “no subordinado”) ciudadano, participativo, abierto, integrador y activo para preparar las bases de la futura Constitución catalana”.

E “insta al futuro Gobierno a cumplir exclusivamente las normas o los mandatos emanados de esta Cámara…”, en una evidente ruptura con el marco constitucional.

Resolución a la que siguen las de 27 de julio y 6 de octubre de 2016, que, ya directamente, abordan y deciden la activación “de la vía de desconexión y de un proceso constituyente propio” y la convocatoria de un referéndum “por las fuerzas políticas favorables al derecho de autodeterminación”. Todo ello, hacia la “proclamación de la República catalana”.

Era más que evidente la, hasta ahora, presunta responsabilidad penal de los responsables de este estremecedor e ilegal proceso

Sobre las jornadas, antidemocráticas e ignominiosas, del Parlament de los días 6 y 7 de septiembre de 2017 no creo necesario insistir. Si acaso, destacar que la Ley 20/2017 (de transitoriedad jurídica) acredita un pretendido modelo de poder político basado en el autoritarismo, la ausencia de división de poderes y una amnistía encubierta de los independentistas condenados penalmente. El 1-O, calificado por el autor durante los días previos como “punto final”, representó un abierto incumplimiento de un auto del TSJ de Cataluña que prohibía rotundamente la celebración del supuesto referéndum, que sigue invocándose, con una capacidad sin límites para la falacia, como un “mandato democrático”. Y, entre las múltiples muchas causas de total invalidez, es necesario destacar que se incumplieron requisitos fundamentales de cualquier consulta democrática. En este caso, establecidos por la Ley catalana de Consultas Populares (10/2014), como eran los de “transparencia, publicidad, claridad, neutralidad institucional, pluralismo, igualdad, no discriminación". Para, finalmente, el 27/10/2017, proclamar la declaración de "un Estado independiente en forma de república y abrir un proceso constituyente para redactar la Constitución del nuevo Estado”. Era la culminación del largo proceso que, afortunadamente, fue el fin de la aventura.

Después de los hechos expuestos, es obligado denunciar a los responsables políticos del proceso descrito por la constante manipulación de la realidad social para justificar y fundamentar sus ilícitos propósitos, mediante la apelación a una supuesta mayoría social basada en las cifras de las manifestaciones de las sucesivas Diadas, lo que, evidentemente, es falso. Porque nunca han representado la mayoría de la sociedad catalana, tal como resulta de los reiterados procesos electorales. Además de la manipulación que también ha representado el recurso a formas extravagantes e inviables de la actividad política, como “las investiduras telemáticas”, otro evidente fracaso, o la exaltación de símbolos con el propósito de generar entre sus seguidores una exaltada emotividad que, según el politólogo norteamericano Edelman, es la “antítesis de una política democrática”.

Las críticas de significados cargos públicos de la Generalitat que equipararon el actual sistema judicial a la “Justicia franquista" también serán debidamente valoradas en el próximo juicio oral

Todo este proceso ha estado asociado a la ejecución de actos de indudable relevancia penal, como diversas formas de violencia psíquica y física, que serán debidamente valoradas en el ya próximo juicio oral. Como, también, críticas que han rebasado los límites razonables de la libertad de expresión. Entre otras, equiparar el actual sistema judicial a la “Justicia franquista” o el proceso soberanista a la oposición a la dictadura. Sus autores fueron significados cargos públicos de la Generalitat.

Era más que evidente la, hasta ahora, presunta responsabilidad penal de los responsables de este estremecedor e ilegal proceso. Y, por ello, la acusación penal y el inmediato juicio oral están más que justificados. Era y es inconcebible la impunidad. ¡Qué forma de malgastar energías y fondos públicos para que, finalmente, según los expertos en políticas sociales, Cataluña sea “una región rica que tiene cifras de pobreza infantil como un país pobre”!

Concluimos con un aserto muy fundado. No conseguirán la independencia. Lo impide la gran mayoría de la ciudadanía catalana. Y, desde luego, nuestra Constitución que, entre muchos de sus aciertos, contiene la norma que garantiza “que todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cualquier parte del territorio del Estado”. Gracias, constituyentes de 1978.


                                                      CARLOS JIMÉNEZ VILLAREJO* Vía EL CONFIDENCIAL


*Carlos Jiménez Villarejo es exfiscal anticorrupción y miembro de Federalistes D’Esquerres.

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