/SEAN MACKAOUI
Como señala agudamente Tom Burns Marañón en su último libro y reiteraba en una brillante entrevista que le hizo Emilia Landaluce en este periódico, una de las causas del naufragio político que sufre España desde hace alrededor de 10 años se debe a la mediocridad de nuestra clase dirigente. En efecto, ni en el Gobierno ni en la oposición destacan personas capaces de darse cuenta de que estamos ante una situación de emergencia nacional porque, si no se detiene un proceso creciente de desintegración de España, con efectos también en toda Europa, corremos el peligro de volver a las andadas. De tal manera no respetaría la verdad si esta situación de adocenamiento la tendiese a generalizar, pues hay intelectuales, periodistas y hasta algún político que entran en el corro de la excepción.
Pues bien, dentro de esta singularidad se puede incluir la sugerencia que parece haber formulado la Sociedad Civil Catalana y que han recogido astutamente Albert Rivera y Ciudadanos para ofrecer a Manuel Valls, ex primer ministro de Francia, oriundo de Barcelona y con familia en esta ciudad, que encabece una lista de "constitucionalistas" para ganar la Alcaldía de la capital catalana y frenar así a los separatistas en el caso probable de que presenten una lista conjunta en las próximas elecciones municipales de 2019.
En definitiva, la participación de todos los ciudadanos en las elecciones municipales de los diferentes Estados miembros de la Unión Europea, reconociéndoles tanto el derecho de sufragio activo como el derecho de sufragio pasivo, no es sólo un deseo hacia la verdadera integración europea, sino que constituye un paso de gigante dado por el Tratado de Maastricht. En efecto, en su artículo 8 se reconoce así que «todo ciudadano de la Unión que resida en un Estado miembro del que no sea nacional tendrá derecho a ser elector y elegible en las elecciones del Estado miembro en el que resida en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado». Una de las condiciones para que pudiese aplicarse esta norma en España radicaba en que era necesario reformar la Constituciónpuesto que, según su artículo 23, sólo los ciudadanos españoles podían acceder a los cargos públicos. Es cierto que el artículo 13.2 de la Carta Magna y el 176 de la LOREG contemplaban ya la posibilidad de que algunos extranjeros residentes en España, siempre que existiese un tratado de reciprocidad, pudiesen votar en las elecciones municipales, pero no se admitía en ningún caso que pudiesen ser alcaldes o concejales.
En otras palabras, se admitía el sufragio activo para algunos extranjeros residentes, pero no el sufragio pasivo, puesto que son dos derechos diferenciados. Por tanto, se reformó la Constitución para firmar el Tratado de Maastricht, pero se hizo, como denuncié en su momento, de una forma chapucera que incita a la confusión. Esto es, la reforma únicamente consistió en introducir dos palabras -"y pasivo"- en el artículo 13.2, en la siguiente frase: para que "pueda establecerse por tratado o ley el derecho de sufragio activo (y pasivo) en las elecciones municipales". En consecuencia, para nuestros reformadores no hay más que un derecho:«el derecho de sufragio activo y pasivo». Sin embargo, no se trata de una mera cuestión de sintaxis, sino que jurídicamente tal redacción puede acarrear múltiples problemas (ver, por ejemplo, el artículo 5.1 de la Directiva 94/80/CE por la que se fijan las modalidades de los derechos de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales). Bastaba, pues, que se hubiese adoptado el plural diciendo «los derechos de sufragio activo y pasivo» para que hubiese sido correcta la reforma, porque debemos recordar que se trata de la Primera Norma de España y de la que derivan las demás. Sea como sea, el hecho es que a partir de 1994 los europeos residentes en España han podido votar y ser votados en las elecciones municipales, según reconoce también el artículo 40 de la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea.
Semejante innovación supuso, con los datos disponibles tras las elecciones municipales de 2007, que en España de los 8.416 alcaldes que había en esa fecha, sólo dos eran nacionales de un Estado miembro de la Unión, mientras que el número de concejales no superaba los 85. Las cifras actuales no las conozco, pero me imagino que no serán muy diferentes. Vayamos ahora al caso de Manuel Valls que se ha convertido en un revulsivo no sólo en Cataluña, sino en toda España. Porque si, como hemos dicho, la mediocridad de nuestros líderes es tan preocupante, se podría trasladar a nuestra política lo que ocurre en el fútbol, es decir, fichar como alcaldes a grandes figuras europeas. Pero no exageremos porque todavía no estamos ahí. En España, para ser alcalde se requieren unos trámites y hoy por hoy el ex primer ministro francés no puede presentarse a las elecciones municipales del año que viene. Sin embargo, sí podría hacerlo en el caso de que cumpliese unos requisitos y fuese votado mayoritariamente.
Para entender mejor este algoritmo hay que partir de dos ópticas: la jurídica y la política. En primer lugar, para que Valls adquiera los dos derechos electorales, es decir, votar y ser elegible, en las próximas elecciones municipales, es necesario, por un lado, que se inscriba en el censo electoral de Barcelona, acción que puede realizar incluso un mes antes por lo menos de que se celebren las elecciones, porque según el artículo 34.1 de la LOREG el censo electoral es permanente y se actualiza mensualmente. Pero, por otro, tendría que renunciar a su cargo de diputado en la Asamblea Nacional francesa, porque no se puede compatibilizar los puestos de diputado en el Parlamento francés y alcalde de Barcelona.
Desconozco si Valls posee la doble nacionalidad, francesa y española, pero se sabe que fue únicamente español hasta 1982, año en que se le concedió la nacionalidad francesa, aunque a efectos de conseguir los requisitos que he señalado es igual. Como es lógico, nuestra legislación no puede considerar causas de inelegibilidad o incompatibilidad para ser alcalde el hecho de poseer un cargo público extranjero, porque en el Derecho hay materias tan evidentes que no cabe normativilizarlas. Está claro, evidentemente, que antes de solicitar su inscripción en el censo electoral de Barcelona, tendría que renunciar a todo cargo público en Francia y trasladar su domicilio permanente a Barcelona.
Y en cuanto a la óptica política si Valls decide presentarse a las elecciones catalanas, se pueden deducir varias consecuencias. Lo primero de todo es que tiene que presentarse como cabeza de una lista, que podría ser la de Cs, pero parece que él aspira a presentarse con una lista trasversal que agrupe a todos los partidos constitucionalistas para de este modo derrotar a los independentistas. Este parece que es su objetivo básico y es probable que fuese la única opción para acabar ya de una vez con este tormento para los catalanes no separatistas, para el resto de España y, también, para Europa. Una segunda ventaja de su presentación como candidato, si alcanza la victoria, es que no sólo será un gran avance en la integración europea, sino que además daría mucha confianza a los empresarios catalanes y atraería a las inversiones nuevamente a Cataluña. Se superaría así esa ola de paletismo que esconde todo nacionalismo en el siglo XXI.
Pero, como es lógico, debe contar también, en su proyecto de conseguir la Alcaldía de Barcelona, con que encontrará muchos enemigos que suministrarán toda suerte de argumentos. Se dice así que no puede ser alcalde de Barcelona porque no conoce todos los barrios. Lo cual es una sandez, porque si no los conoce los podrá conocer enseguida y, además, ha sido primer edil de una ciudad francesa, lo que le confiere una experiencia de la que carecía Ada Colau. Algunos afirman que su presentación está inspirada por Macron, con vistas a extender su concepción de Europa. Pues muy bien, y qué. Algunos señalan que ha tenido demasiados fracasos políticos, pero no es verdad. En todo caso, les aconsejo a los que piensen así que lean el fascinante libro de Charles Pepin, Las virtudes del fracaso, para que aclaren sus ideas. Otros, más realistas, afirman, y es verdad, que se trata que de una operación pensada para ganar la Alcaldía a los nacionalistas. Ojalá caiga esa breva. Podríamos ir desgranando así un rosario de opiniones a favor y en contra de este suceso insólito, pero da igual. El experimento de Valls no tiene más inconveniente que el hecho de que pueda fracasar, pero ahí está la alcaldesa de París, nacida el año 1959 en San Fernando, curiosamente en el momento en que yo realizaba la Milicia Naval Universitaria en esa ciudad gaditana, que está realizando desde hace años una meritoria obra.
En una palabra: para saber qué hará por fin Manuel Valls, no hay más remedio, como se dice en Francia, que recurrir al famoso enigma de chercher la femme, porque su actual pareja es también diputada del partido En marche del presidente Macron y aspira igualmente a una carrera política. ¿Estará dispuesta a sacrificar su carrera por la de su pareja? ¿Chi lo sa?.
JORGE DE ESTEBAN* Vía EL MUNDO
*Jorge de Esteban es catedrático de Derecho Constitucional y presidente del Consejo Editorial de EL MUNDO.
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