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martes, 30 de enero de 2018

¿Y AHORA QUÉ? CATALUÑA SE ENFRENTA A UN PUNTO MUERTO

Hemiciclo del Parlament de Cataluña Efe



Beatriz Triguero
Liliana Ochoa
El presidente del Parlament, Roger Torrent, ha aplazado este martes la sesión de investidura de Carles Puigdemont como presidente de la Generalitat. El Tribunal Constitucional había impuesto como medida cautelar que el candidato Puigdemont se presentara físicamente. Y aunque el expresidente de Cataluña había amenazado con acudir sin pedir antes autorización al Tribunal Supremo, y JxCat aseguraba haber acordado con ERC y la CUP celebrar el pleno aunque Puigdemont no estuviera delante, finalmente no se han dado ninguna de las dos casuísticas. 

El calendario establecía que, una vez constituida la Mesa, Torrent debía proponer la investidura de un candidato en 10 días hábiles, es decir, antes del 31 de enero. Lo propuso, Carles Puigdemont, y lo mantiene. Asegura no tener otro candidato en mente ni intención de cambiarlo. Entonces, ¿ahora qué? 

Hasta que no haya un pleno para investir a un candidato, no corren los plazos para convocar elecciones. Y hasta que no haya un nuevo Gobierno constituido, el artículo 155 continuará en vigor. En definitiva, Torrent renuncia a salvar el autogobierno para mantener a Puigdemont. 

La duda está ahora en cuándo se celebrará este pleno de investidura para que vuelvan a correr los plazos. El Tribunal Constitucional debe resolver si admite o no a trámite el recurso presentado por JxCat contra el acuerdo de suspender el debate de investidura de este martes si Puigdemont no se presentaba. Para hacerlo tiene también 10 días hábiles desde su presentación el pasado 29 de enero.
No obstante, antes de estos 10 días Torrent podría convocar un nuevo pleno de investidura siempre y cuando propusiera otro candidato o Puigdemont se presentara ante el Tribunal Supremo para pedir autorización. Si se celebrara un nuevo debate y se presentara Puigdemont de forma telemática, Torrent estaría cometiendo una ilegalidad. 

En este sentido, emerge una segunda cuestión: si el hecho de no haber celebrado el debate dentro de los 10 días hábiles desde la constitución del Parlament supone una infracción de la ley. Según la página de la Generalitat de Cataluña, la decisión de Torrent sí sería ilegal y el pleno de investidura debería comenzar como muy tarde el 31 de enero. Sin embargo, el auto del Tribunal Constitucional da cobertura a Torrent para aplazar el pleno hasta que el máximo tribunal resuelva el recurso presentado por JxCat.


                                                                                      Publicado en VOZ PÓPULI   30-Enero-2018

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